sábado, 30 de enero de 2021

Las ideas del "Morenus"

 

Como muchos, acabo de conocer a¨El Rubius¨, lo veo y leo por todas partes. El muchacho se marcha a residir a Andorra, le gustará el frio -pensé-, pero no, creo que le gusta más la pasta, y no la italiana…

Ha comenzado un debate, en televisión, prensa, redes sociales, sobre la conducta del chico, desde el punto de vista cívico, tributario, bueno, desde todos los puntos de vista, ya que tantas horas dedicadas al joven youtuber dan para mucho análisis. Ahora, con el repentino aumento de su popularidad, ya es más conocido que la charito, es fácil que incrementen sus ingresos por publicidad u otros, y quizás, hasta le compense quedarse en España, a pesar de pagar más impuestos. O, ¿cabría la posibilidad de que se tratase de una estrategia de marketing para incrementar su caché? cualquiera sabe. Lo cierto es que he leído artículos de inspectores de hacienda, de admirados -por mí- asesores fiscales, profesores y entendidos, defendiendo o criticando la decisión tomada por el mozo, su padre o su asesor, vaya usted a saber. 


Nunca he sido un lumbreras, pero mi opinión es que estamos errando el tiro. El verdadero debate no está en pagar más o menos impuestos, el meollo de la cuestión lo deberíamos fijar en la aplicación de los impuestos, en qué se invierten las cantidades recaudadas, a qué se destina el importe obtenido por las diferentes figuras tributarias. Nuestros políticos deben gestionar los ingresos y gastos públicos, así como priorizar lo verdaderamente importante, entre las diversas inversiones disponibles. 

No justificaré las decisiones de no pagar impuestos por la mala gestión del gasto público, ni defenderé a los insolidarios. Pero en la gestión de nuestros Ayuntamientos todavía existen los despilfarros y las inversiones en obras innecesarias, y descartaré los saqueos, las comisiones y demás prebendas de tiempos pasados. El problema no reside solo en los Ayuntamientos, cuan mayor es el presupuesto público, mayor puede llegar a ser la barbaridad… Qué me dicen de algunas inversiones de la diputación provincial o la Comunidad Autónoma, ¡vaya tela! Entre otras, ¿recuerdan las inversiones de las embajadas de las CCAA por el mundo? ¡Y el Gobierno! Leía hace un par de meses, que despilfarró 9.000 millones en el año 2018, según el Tribunal de Cuentas.

A cualquier ciudadano le puede gustar más o menos pagar impuestos, pero mientras que el contribuyente observe que sus aportaciones al bien común se invierten en finalidades provechosas, es fácil que pagar impuestos no sea tan doloroso. Otro debate será qué entiende cada uno por provechosas, pero creo que muy pocas personas considerarán como despilfarro invertir en educación, sanidad, justicia, medio ambiente, pensiones.  Y sobre la prioridad, puede elegirla según sus ideales; cada cuatro años podemos manifestarla en las elecciones, según el programa propuesto por cada partido político. Cada ciudadano, en su medida, puede controlar y sancionar la gestión del gasto público, con rigor en su voto, y sabiduría y honradez en su actitud diaria, ¿han pedido en alguna ocasión trabajos sin IVA? Por favor, responsabilidad social. Y ahora pregúntense si están conformes con mantener la cantidad de políticos y sus asesores, abonar sus elevados sueldos y dietas, y en pagar algunos “caprichos” sin sentido. 

¡Ah! Sobre “El Rubius”, que haga lo que le dé la gana, que por ello, él y no yo, asumirá las responsabilidades de sus decisiones y, si llegara el caso, su conciencia lo juzgará.

 

sábado, 23 de enero de 2021

El extraño secreto del día 20

 

Es conocido que más del 90% de las empresas españolas son autónomos o microempresas, y que para ellas, el plazo de presentación de las declaraciones tributarias por su actividad económica suele coincidir con el día 20 de los meses de abril, julio, octubre y enero; disponiendo hasta el 25 de julio para el impuesto de sociedades y al 30 de enero para el cierre del IVA. La mayoría de estas declaraciones las confecciona un profesional del asesoramiento fiscal, que tras facilitarle la documentación la empresa, procesa, calcula, obtiene la aprobación del empresario, cumplimenta y presenta. Para lo expuesto tienen 20 días, a excepción del mes de julio y enero, que disponen de 25 y 30 días, si bien, durante esos meses también hay multitud de modelos de declaraciones anuales o informativas. 

Para comenzar, las empresas entregan la documentación a las asesorías a partir del día 5 de los meses de presentación de las declaraciones. Es normal, las empresas reciben una gran cantidad de facturas del último mes del trimestre una vez finalizado este. Y para terminar, las empresas exigen que se presenten las declaraciones tributarias con resultado a ingresar mediante el pago con domiciliación en cuenta, y también es normal, el tiempo es oro, las entidades bancarias cada vez lo complican más, horarios restrictivos para los pagos de recibos, colas, tiempos de espera. Es decir, se reduce el plazo para la preparación y presentación de las declaraciones tributarias, al menos, en 10 días.

Por tanto, en 10 días las asesorías deben presentar las declaraciones tributarias de las empresas, bastantes por despacho ya que los márgenes cada vez son más reducidos, y que no aparezca un terrible virus que aumente los trámites a gestionar, o que una nevada impida a los clientes trasladar la información. Con gran profesionalidad, cada periodo se arman de valor, y esos despachos realizan su trabajo, sin ampliación de plazos, sin consideración. Quizás la Administración no haya advertido que, en un periodo tan corto de tiempo, resulte muy complicado realizar un trabajo tan complejo de forma óptima. O sí, quizás la Administración Tributaria está intentando reducir los plazos que disponen los profesionales del asesoramiento para tratar la información fiscal. 


 Las declaraciones tributarias presentadas por los contribuyentes se presumen ciertas, así lo señala la LGT. Además, existen diversos supuestos de opciones tributarias, como son la libertad de amortización, la amortización acelerada, la compensación de bases imponibles negativas (ya no), etc., que se deben ejercitar en el plazo voluntario de presentación de la declaración, y una vez presentada esta, no puede modificarse. Es decir, una cantidad de cálculos y decisiones complejas que se deben asumir en un periodo corto de tiempo. Además de otros quehaceres cotidianos, como vigilar la existencia de indicios de planificación fiscal agresiva (DAC6), la disparidad de criterios tributarios entre Administración y Tribunales, la “seguridad” jurídica, …

 ¿Será interesante para la Administración Tributaria mantener estos plazos? ¿Derecho a ser tratado con respecto y consideración, y a formular sugerencias? ¿Código de buenas prácticas tributarias para fomentar la cooperación? Como era, ¿Empatía, resiliencia? Gracias.  

jueves, 21 de enero de 2021

Ayudas. Nuevas restricciones Covid-19

👀 👀 Para los bares y restaurantes de la Comunidad Valenciana, y en definitiva, aplicable a los sectores de la hostelería, el turismo, el ocio y las actividades artísticas y culturales. 

👉Sigue en vigor la ayuda PECANE I, para los autónomos obligados al cierre como consecuencia de una resolución de la autoridad competente. Se puede cobrar desde el 21/01 al 28/02 (Hasta el último día del mes en que se levante la suspensión). #Mutua

👉Plan RESISTIR: Se acaba de anunciar por la Comunitat Valenciana, ayudas directas de 2.000€ por persona autónoma o microempresa, más 200€ por cada empleado. Se gestionarán a través de los Ayuntamientos, y los importes serán, por ejemplo: Alcoy: 1.444.223€ ; Calp: 1.545.222€ ; Denia: 2.290.020€  #GVA

👉Línea HORECA del Instituto Valenciano de Finanzas: PRESTAMOS bonificados a partir de 15.000€, con devolución a 5 años, el primero de carencia, tipo de interés: Euribor +0’5%, y la “ayuda” es un tramo NO reembolsable del 30% del nominal. #IVF

👉ERTE por IMPEDIMENTO: por no poder desarrollar la actividad como consecuencia de las medidas adoptadas por la Comunidad Valenciana desde el 21/01/21.

💪💪¡Ánimo!